06/04/08
El Tribunal Constitucional (TC) anuló ayer tres artículos de la ley de Extranjería que limitaban los derechos de manifestación, asociación y sindicación a los extranjeros sin papeles. Estos derechos, por tanto, podrán ser ejercidos también por los ciudadanos extranjeros incluso si no han logrado regularizar su situación en España.
La sentencia resuelve un recurso presentado por el Gobierno de Navarra contra la ley del año 2000 que impuso las citadas restricciones a los no residentes. La resolución, de la que ha sido ponente la presidenta del TC, María Emilia Casas, estima que no es precisa la obtención del permiso de estancia o residencia para reunirse, manifestarse o afiliarse a una organización sindical.
Los extranjeros no necesitarán acreditar la residencia, por otra parte, para poder contar con asistencia jurídica gratuita si carecen de medios, en iguales condiciones que los españoles en los procesos en los que sean parte. Finalmente, la resolución avala la constitucionalidad de la ley en cuanto a la posibilidad de que los extranjeros que sean rechazados en la frontera sean retornados a su país de origen en el plazo más breve posible.
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